Unos nueve participantes, de un total de 150, pasaron el examen para obtener la idoneidad para el ejercicio de la profesión de abogado, una situación que ha causado polémica.
El Órgano Judicial publicó el listado de los nueve participantes que obtuvieron la calificación de "apto" en el Programa de Formación Inicial para el Ejercicio de la Abogacía.
Se conoció que antes de la fecha de la prueba, los estudiantes deben tomar un curso de 40 horas presenciales o virtuales dictadas por diferentes profesores, además de 120 horas asincrónicas como parte de la preparación para aprobar la prueba.
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De acuerdo con el abogado, Saturnino Puga Espinosa es lamentable que solo nueve de más de cien aspirantes a obtener la idoneidad, hayan aprobado, luego de haber invertido tiempo y esfuerzo para ello.
No es común que algo así pase. A criterio de Puga Espinosa, ha estado leyendo con preocupación lo que han expresado en redes sociales estos futuros colegas.
"De ser cierto, se necesita que se hagan los correctivos necesarios para subsanar cualquier situación que no refleje la realidad de su preparación académica en las distintas universidades, ya que no solo reprobaron los de universidades particulares, sino también los de la Universidad de Panamá", comentó.
En ese sentido, como abogado, acotó que para optar por la idoneidad todos deben pasar por un examen que pone el Instituto Superior de la Judicatura (ISJUP), del Órgano Judicial, pues como lo establece el numeral 4 del Artículo 100 del Código Judicial, corresponde a la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema declarar quiénes reúnen las condiciones para ejercer la abogacía en toda la República previo a cumplir una serie de pasos.
Por lo antes expuesto, sostuvo que no es de ahora que se tiene que presentar un examen para optar por la idoneidad, ya que existen dos acuerdos, el 1429 del 13 de diciembre de 2021 y el último el 684 del 23 de marzo de 2023, los cuales establecen parámetros a seguir para la implementación del programa de formación inicial para el ejercicio de la abogacía, es por esto que el tema del examen en sí no es nuevo, como podemos ver.
"Me gustaría aclarar que el hecho de presentar este examen no es para obtener la idoneidad, es uno de los pasos para llegar a ello, ya que luego de terminar o completar el pensum académico, y obtener la licenciatura en derecho y ciencias políticas, es entonces cuando se hace la solicitud por medio de correo electrónico al ISJUP para inscribirse para el examen profesional de acceso al ejercicio de la abogacía. Una vez aprobado el examen se te otorga un certificado con el que debes acompañar, un poder de abogado donde solicitan se te otorgue la idoneidad, además de otros documentos que luego se presentan en la Sala Cuarta de la Corte Suprema para entonces después de una minuciosa revisión esta Sala determina si se ha cumplido con todo para expedir el certificado de idoneidad", dijo el también abogado del Club de Leones de Campana.
Puga Espinosa manifestó que la Ley 350 de 2022 es positiva en todo sentido, porque llena aquellos vacíos jurídicos que había en el ejercicio de la abogacía, y refuerza muchos otros aspectos, así pues el examen que tanto ha sido criticado por algunos aspirantes a obtener la idoneidad como abogado, implementarlo es potestad del Instituto Superior de la Judicatura (ISJUP), del Órgano Judicial y nada tiene que ver con la Ley ni con el Colegio Nacional de Abogados.